Cuánto tiempo tengo para radicar una incapacidad

Cuánto tiempo tengo para radicar una incapacidad

Una de las mayores preguntas y debates que hacen los usuarios al momento que inician el proceso de incapacidad es, ¿Cuánto tiempo tengo para transcribir una incapacidad?, pero es un tema de debate entre los usuarios y empleadores.

Estos términos y plazos se manejan directamente por los decretos y leyes que han sido establecidas por el Senado en los últimos años. Existe un marco normativo vigente que establece requisitos, tiempos y documentaciones para la radicación de las incapacidades.

Cuánto tiempo tengo para radicación de incapacidad

En teoría son procesos bastantes rápidos que dependen de los empleadores y usuarios, al momento de cumplir con sus documentaciones y papeleo correspondientes. Por eso es importante tener todos los documentos importantes al día, para poder realizar los reclamos y las verificaciones sean lo más rápido posible.

Tiempo máximo para radicar una incapacidad

Aunque la ley, a través del decreto 780, no establece un tiempo máximo para que el empleador haga la radicación de las incapacidades, pero es importante leer lo que establece la ley 1438 del Senado Nacional del año 2011, específicamente en el artículo 28.

«El derecho de los empleadores de solicitar a las Entidades Promotoras de Salud el reembolso del valor de las prestaciones económicas prescribe en el término de tres (3) años contados a partir de la fecha en que el empleador hizo el pago correspondiente al trabajador».

Por esto las personas esperan que se haga en el término de los tres años. Sin embargo, la recomendación general es hacerla tan pronto se tenga la incapacidad del usuario. Los empleadores deben mantener estas actividades al día con el fin de que cada persona reciba sus pagos a tiempo.

En líneas generales la EPS tiene un plazo de 20 días aproximados para hacer el reconocimiento del pago, que se divide en: 15 días para la verificación de los documentos y cinco para el desembolso del pago.

Tres años es el tiempo máximo que tiene el usuario para proceder con una demanda legal ante un juez. Por lo que deben tomar en cuenta estos lapsos antes de ejercer alguna acción contra la EPS.

Obligaciones del patrón para radicar una incapacidad

Ya sabemos que el tiempo máximo para radicar incapacidades es de tres años para los empleadores. Sin embargo, hay consideraciones que se deben tener en cuenta al momento de llevar acabo estos procesos.

  • El empleador es el encargado de hacer el pago a los trabajadores, y luego este debe pedirle a la EPS el recobro.
  • El patrón está en el deber de remunerar los primeros dos días de incapacidad. Ejemplo, en caso de una incapacidad de siete días, el empleador debe pagar la totalidad y le hace el recobro a la EPS de cinco días.
  • El decreto 1333 del año 2018 establece el proceso que se debe seguir para el reclamo del pago de las incapacidades.

Es importante cumplir con todos los trámites para así obtener la autorización del pago de la incapacidad. De esta forme es que los empleadores pueden hacer la presentación de los documentos y requisitos establecidos ante la EPS.

Recuerda que las EPS solo pagan las incapacidades de origen común, por lo que es importante tener en cuenta antes de hacer los reclamos y ejercer líneas de acción.

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